ANF

Proceso de Reconocimiento de Entidades de Formación

Consigue el reconocimiento para tu Entidad de Formación

De acuerdo con lo establecido en el apartado 5.2.4 Requisitos relativos al proceso de reconocimiento de Entidades de Formación, en relación con la parte II del Anexo I del Esquema de Certificación AEPD-DPD v.1.4., las Entidades de Certificación reconocerán los programas de formación de las Entidades de Formación conforme a los siguientes requisitos:

A estos efectos, las personas que impartan la formación deberán ser profesionales independientes del esquema con conocimientos y experiencia profesional equivalente o superior a la exigida al candidato a certificar y con capacidad de valorar la capacitación de los alumnos. No podrán compatibilizar la formación con la elaboración de preguntas ni con la función de evaluador en las entidades de certificación. Se impone a las Entidades de Certificación la obligación continua de supervisión de esos programas formativos. A esos efectos, se informa a las Entidades de Formación, que tanto ENAC como personal técnico de la AEPD pueden asistir de manera no anunciada a los cursos que impartan a fin de evaluar la eficacia de los sistemas de control establecidos por las Entidades de Certificación.

Programa o lista de contenidos

Conforme al Anexo V de la v 1.4 del Esquema de certificación AEPD-DPD

Dominio 1

Normativa general de protección de datos. Cumplimiento normativo del reglamento europeo, normativa nacional, directiva europea sobre ePrivacy. Directrices y guías del GT art.29, etc.

Dominio 2

Responsabilidad activa. Evaluación y gestión de riesgos de tratamientos de datos personales; evaluación de impacto de protección de datos, protección de datos desde el diseño, protección de datos por defecto, etc.

Dominio 3

Técnicas para garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos. Auditorías de seguridad, auditorías de protección de datos, etc.
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